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California Ley de Última Nómina - Los trabajadores conocen sus derechos

Emanuel Shirazi

California La legislación laboral establece parámetros muy concretos sobre cómo y cuándo se debe indemnizar a los empleados. Una de las leyes más destacadas es la de la indemnización en el momento del despido. En virtud de esta ley, los empresarios están obligados a pagarle en un plazo determinado tras su último día de trabajo, ya sea por despido o dimisión. Comprender esta ley puede ayudarle no sólo a garantizar la protección de sus derechos como trabajador, sino también a planificar su transición de un empleo a otro.

California Códigos Laborales

Existen varios códigos laborales que determinan la indemnización final que debe percibir un trabajador en el momento del despido. Los tres códigos laborales más importantes son:

  • Código del Trabajo 201 LC:Si un empresario despide a un empleado, debe pagarle todos los salarios devengados y no abonados en el momento del despido. Si un empleado notifica su dimisión al empresario con 72 horas de antelación a su último día de trabajo, se le adeudarán todos los salarios devengados y no pagados en su último día de trabajo.
  • Código del Trabajo 202 LC:Si un empleado renuncia a su puesto sin avisar a su empresa con 72 horas de antelación, ésta debe pagarle los salarios devengados y no abonados que le adeude en las 72 horas siguientes a su último día de trabajo. Esto puede hacerse por correo si el empleado designa una dirección postal.
  • Código del Trabajo 203 LC:Todo empresario que no efectúe los pagos correspondientes con arreglo a las especificaciones de la ley incurrirá en sanciones. Se le impondrá una multa equivalente a un día de salario por día. La multa se mantendrá hasta que se efectúe el pago al trabajador.

Otras subsecciones dictan normas específicas para diversos sectores y las consiguientes acciones legales que pueden emprenderse si un empresario no cumple estas políticas. Entre los ejemplos de leyes específicas de un sector se incluyen:

  • Trabajadores temporeros:Los temporeros que son despedidos al final de la temporada y trabajan en industrias como la conservera, la de curado o la de secado de frutas, pescado o verduras deben cobrar en las 72 horas siguientes a su último día. Puede hacerlo por correo.
  • Películas:Los empleados que trabajan en la industria cinematográfica y son despedidos, pero cuya paga puede requerir cómputos adicionales o especiales, pueden ser pagados durante el siguiente ciclo de pago. El pago puede enviarse por correo o facilitarse en un lugar específico.
  • Perforaciones petrolíferas:Excepto los sábados, domingos y días festivos, los empleados de la actividad de perforación deben cobrar su salario en las 24 horas siguientes a la finalización de su relación laboral.
  • Lugares de celebración de acontecimientos vitales:Entre los lugares donde se celebran acontecimientos vitales figuran las representaciones teatrales y los conciertos. Los empleados de estos sectores suelen trabajar en virtud de un convenio colectivo y deben cobrar de acuerdo con ese convenio.

Además del salario que se le debe, si ha acumulado tiempo de vacaciones adquirido, también se le debe pagar ese tiempo al ritmo de los ingresos en el momento de su despido. Las empresas pueden o no ofrecerle esta prestación, pero si está acumulando tiempo devengado, no pueden quitárselo. Si su empresa no le ofrece tiempo libre adquirido, no se le debe nada por el tiempo acumulado.

Presentar una demanda por impago de salarios en California

Si su empresainfrinja alguna de las leyes sobre horas y salariostiene derecho a reclamar una indemnización. Esto puede incluir toda la indemnización debida, así como las sanciones por no haberla proporcionado. Sin embargo, si ha llegado a un acuerdo de buena fe con su empresario, puede que no se le apliquen sanciones. Los salarios no abonados deben pagarse dentro de los límites de la ley.

Si su empresario no le abona los salarios impagados en el plazo legalmente establecido, tiene derecho apresentar una reclamaciónbuscando compensación por:

  • Salarios y horas extraordinarias impagados
  • Tiempo "fuera del reloj" que ha trabajado para el empresario
  • Pausas para comer o descansar no previstas
  • Cualquier discrepancia salarial, como no proporcionar el salario mínimo obligatorio.
  • Salarios atrasados acumulados

En algunos casos, estas reclamaciones revelan un problema mayor con el empresario. Podrían dar lugar a demandas colectivas por múltiples infracciones contra varios empleados y antiguos empleados.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Pago Final del California

¿Qué es la ley California para una última nómina?

Si su empresa le despide, está obligada por ley a pagarle todos los salarios devengados hasta el último día de trabajo. La misma ley se aplica si dimite y notifica su dimisión con 72 horas de antelación. Sin embargo, si dimite en menos de 72 horas, la empresa sólo está obligada a pagarle en las 72 horas siguientes a su último día de trabajo.

¿Puede un empresario retener tu último sueldo si renuncias en California?

La empresa no puede retener el último cheque en ningún caso. Debe pagarse el último día de trabajo o en las 72 horas siguientes si no se avisa con suficiente antelación en el momento de la dimisión. No obstante, si los fondos se van a retrasar, la empresa puede llegar a un acuerdo de buena fe con usted para ampliar el plazo de pago. Ambas partes deben estar de acuerdo para que esto se aplique.

¿Qué es California Código Laboral 203?

De acuerdo con el Código Laboral 203, un empleado no puede, bajo ninguna circunstancia, impedir voluntaria y conscientemente la distribución del pago final para obtener los pagos de penalización previstos por la ley. Esta ley pretende específicamente disuadir de las penalizaciones por tiempo de espera y eximir de responsabilidad a los empleadores si el empleado evita a propósito su paga final.

¿Puede un empresario retenerle la última nómina si renuncia?

La empresa no puede retenerle la última nómina si dimite. Debe notificar su dimisión con 72 horas de antelación. Si se cumple ese plazo, deben pagarle en su último día. Si le avisa con menos de 72 horas de antelación, está obligado a pagarle en las 72 horas siguientes a su último día.

Póngase en contacto con California Employment Attorneys

Si usted o alguien que conoce se ha visto afectado por salarios impagados,contacte con nuestras oficinaspara una consulta hoy. En Shirazi Law Firm, P.C., tenemos la experiencia y el conocimiento para ayudarle a recuperar cualquier compensación a la que pueda tener derecho.

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